Pavez vs. Chile

Becket Role:
Amicus

Scoreboard

Decision:
Lost
Decision Date:
April 13, 2022
Deciding Court:
Corte Interamericana de Derechos Humanos

Case Snapshot

La legislación internacional sobre derechos humanos protege los derechos de las iglesias y organizaciones religiosas de decidir quién enseña sus creencias a la siguiente generación. A diferencia de los Estados Unidos, muchas escuelas gubernamentales en Chile ofrecen clases de religión impartidas por educadores que están certificados por las autoridades religiosas pertinentes. Sandra Pavez fue, por mucho tiempo, maestra de la fe católica en una escuela gubernamental en San Bernardo, Chile. Cuando la Sra. Pavez entró en una relación con una persona del mismo sexo en violación del derecho canónico católico, la Diócesis de San Bernardo revocó su certificación para enseñar catolicismo. A pesar de que la Sra. Pavez permaneció empleada en la escuela, e incluso fue ascendida a un puesto de mayor prestigio, demandó a la Diócesis. Después de perder la demanda en el sistema judicial chileno, la Sra. Pavez presentó una queja ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, alegando que Chile había violado su derecho a ser protegida de "injerencia arbitraria en la vida privada", constatada en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Becket ha presentado un escrito amicus curiae argumentando que el derecho de los grupos religiosos a elegir quién puede enseñar la fe a la siguiente generación de creyentes es esencial para la libertad religiosa y que dicho derecho está protegido por la Convención Americana y muchos otros tratados internacionales sobre derechos humanos.

Status

Becket presentó un escrito amicus curiae en la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 6 de mayo de 2021.

Case Summary

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Libertad para elegir profesores calificados

Incluso en países sin separación constitucional entre iglesia y Estado, las organizaciones religiosas tienen derecho a elegir a sus maestros. Al ser un país predominantemente católico, Chile ofrece clases de religión sobre la fe católica en muchas de sus escuelas gubernamentales, sin embargo, al ser materia de libertad religiosa y autonomía, el obispo católico local debe tener la capacidad de certificar quién está calificado para impartir esas clases.

Rompimiento con la Iglesia

Sandra Pavez fue profesora de religión durante mucho tiempo en una escuela gubernamental en San Bernardo, Chile. En 2007, la Sra. Pavez le informó a la Diócesis de San Bernardo que estaba en una relación con una persona del mismo sexo. Debido a que este hecho viola el derecho canónico católico, que es el cuerpo legislativo que rige a la Iglesia Católica, la Diócesis revocó la certificación de la Sra. Pavez para enseñar la fe católica en su escuela. Sin embargo, la escuela retuvo a la Sra. Pavez como maestra e inmediatamente la promovió a Inspectora General, que es un cargo de mayor prestigio.

A pesar de esta promoción, la Sra. Pavez demandó a la Diócesis ante los tribunales chilenos, que reconocieron correctamente que la Diócesis tenía autoridad para determinar quién estaba capacitado para enseñar su fe, y que la Sra. Pavez había sido promovida en lugar de perjudicada por esa decisión. El 28 de octubre de 2008, la Sra. Pavez presentó una queja ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, alegando que Chile había violado su derecho a la “no injerencia arbitraria en la vida privada”, constatada en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión falló a favor de la Sra. Pavez el 7 de diciembre de 2018, y Chile apeló ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que aceptó el caso el 11 de setiembre del 2019, y fijó el caso para audiencia pública el 12 de mayo de 2021 en San José, Costa Rica.

Autonomía religiosa en el país y en el extranjero

Becket está presentando un escrito amicus curiae ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, argumentando que los grupos religiosos deben ser libres de tomar decisiones sobre quién puede enseñar su fe a la siguiente generación de creyentes. El escrito de Becket cita el artículo 12 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros tratados líderes en materia de derechos humanos, todos los cuales incluyen un lenguaje robusto que protege la libertad religiosa de las personas y las comunidades. El escrito de Becket, con un enfoque comparativo, muestra cuántos países latinoamericanos y europeos, así como los Estados Unidos y Canadá, han reconocido el principio de autonomía religiosa y han protegido el derecho de las organizaciones religiosas a elegir a sus líderes y a sus maestros. Y Becket también señala que los países que violan la autonomía religiosa tienden igualmente a violar otros derechos humanos, especialmente los derechos de las personas LGBTQ+.

La acción de Becket en este caso forma parte de una serie de casos similares en los que Becket ha participado en todo el mundo, incluso en tribunales internacionales tales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y en los tribunales de los Estados Unidos. En el caso de Fernández Martínez vs. España, Becket presentó un escrito amicus curiae argumentando que el principio de autonomía religiosa protegía el derecho de la Iglesia Católica a no renovar el contrato del profesor de religión que se había unido a una campaña pública oponiéndose a sus creencias. En 2014, el Tribunal Europeo adoptó este enfoque, defendiendo la libertad de la Iglesia de elegir quién está calificado para enseñar la fe. Y en el caso de Sindicatul “Pastorul cel bun” vs. Rumania, Becket presentó un escrito similar argumentando que las iglesias, sinagogas y otras organizaciones religiosas tienen derecho a ordenar sus asuntos internos sin interferencia del gobierno. En 2013, el Tribunal Europeo confirmó el derecho de autonomía religiosa de la Iglesia Ortodoxa Rumana sobre el derecho de los sacerdotes disidentes a crear un sindicato o unión gremial.

En 2012 y 2020, Becket ganó casos similares en la Corte Suprema de los Estados Unidos en la Hosanna-Tabor Evangelical Lutheran Church & School vs. EEOC y en Our Lady of Guadalupe vs. Morrissey-Berru, en los que la Corte dictaminó que las escuelas religiosas tienen derecho a seleccionar a los maestros que enseñan sus creencias.

Tanto en la Corte Europea de Derechos Humanos como en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Becket ha abogado por que la misma norma se aplique internacionalmente, de modo que ningún grupo religioso pierda su capacidad de elegir a sus líderes y maestros, un derecho ampliamente reconocido en el derecho internacional de los derechos humanos.


Relevancia para la libertad religiosa:

  • Comunidades Religiosas Los grupos religiosos deben estar plenamente facultados para seleccionar a sus sacerdotes, rabinos, ministros y otros maestros religiosos libres de interferencia gubernamental. La Corte Suprema ha reconocido este derecho en los Estados Unidos, pero es fundamental brindar esas mismas protecciones sólidas a la libertad religiosa a nivel internacional.

Case Information

Becket Role:
Amicus
Case Start Date:
October 28, 2008
Deciding Court:
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Original Court:
Corte de Apelaciones de San Miguel
Practice Area(s):